¡Se encuentra disponible para su presentación la declaración jurada de FONASA correspondiente al año 2023! 📅
![Fomentar la correcta presentación de la declaración jurada de FONASA y garantizar un aporte acorde para cada contribuyente.](https://static.wixstatic.com/media/c646dc_f42636454b114ac7ba465bc85289da29~mv2.jpg/v1/fill/w_768,h_768,al_c,q_85,enc_auto/c646dc_f42636454b114ac7ba465bc85289da29~mv2.jpg)
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración jurada? 📝 Los titulares de servicios personales, ya sean profesionales o no profesionales, con actividad fuera de la relación de dependencia.
A tener en cuenta:
Quienes hayan perdido el beneficio de la cobertura médica por no haber alcanzado el mínimo de facturación de 30 BPC en el ejercicio anterior, igualmente deberán presentar la declaración jurada. (Los contribuyentes con servicios personales pierden cobertura médica si ingresos anuales 2023 < $169.800. Sin beneficio desde 2024.)
Para poder presentar la declaración correspondiente a 2023 debe encontrarse al día en la presentación de las declaraciones de ejercicios anteriores en los que tuvo actividad y contar con usuario personal de BPS.
Tope y devolución 💰 Puede corresponder devolución de FONASA en caso de haber aportado por encima del tope durante el año. Para este tope se consideran tanto los aportes realizados en relación de dependencia o por pasividades, como los anticipos realizados por servicios personales.
El tope anual de FONASA para cualquier trabajador se calcula: (Valor CPE Cantidad de meses Cantidad de beneficiarios) * 1,25
La CPE (Costo Promedio Equivalente) actualiza su valor en enero y julio de cada año. Para el año 2023 sus valores son: enero a junio = $ 4.041 y julio a diciembre = $ 4.215.
Para la cantidad de meses deberá considerarse aquellos en los cuales haya realizado aportes al FONASA, sea como dependiente, como independiente o como pasivo.
Para la cantidad de beneficiarios se debe tener en cuenta al propio contribuyente más los hijos a cargo y cónyuge a cargo, en caso de corresponder. A efectos del tope, en caso de que el cónyuge también aportase al FONASA, los hijos computarán por 0,5 para cada uno.
El tope se incrementa en un 25 % por tratarse de un sistema solidario.
Vencimientos ⏰ El plazo para su presentación vence según el último dígito de la empresa:
19/04/24: dígitos 0, 1 y 2
26/04/24: dígitos 3, 4 y 5
03/05/24: dígitos 6, 7, 8 y 9
En Wave, estamos comprometidos a ayudarte a presentar tu declaración de manera precisa y oportuna. Nuestro objetivo es asegurarnos de que tus aportes estén ajustados correctamente, evitando desviaciones y garantizando que cumplas con tus obligaciones fiscales de manera adecuada.
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